"...En este estado el Apoderado Judicial de la Parte Actora, expone: "Por cuanto el monto Embargado Preventivamente no cubre la totalidad señalada en el Mandato a embargar, me reservo el derecho de señalar bienes para su Embargo en su oportunidad y solicito se mantenga la presente comisión en el Tribunal a los fines de solicitar se me fije nueva oportunidad"..."