"...el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada hace ENTREGA MATERIAL a la parte actora, en la persona de su Apoderada Judicial, del Apartamento identificado con el Nº 3, ubicado en el Edificio Goya, situado en la Calle Comercio de la Urbanización Las Acacias; quien lo recibe conforme en nombre de su representada con las llaves de sus puertas principales.- En este estado la Apoderada Judicial de la Parte Actora, expone: “ Me reservo el derecho de señalar bienes para su embargo en otra oportunidad, en consecuencia solicito del Tribunal, se abstenga de practicar la medida de Embargo Ejecutivo, y devuelva la comisión al Tribunal de la Causa” Es Todo.- Vista la solicitud el Tribunal se abstiene de practicar la medida de Embargo Ejecutivo, y ordena la devolución de la Comisión al Juzgado Comitente..."