DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos, HECTOR GIOVANNY GIL BARRIOS y FANNY CONSOLACION USECHE ROSALES, antes identificados, en los términos y condiciones por ellos establecidos, en el escrito de fecha 24 de febrero de 2014, todo ello de conformidad con lo previsto en los artículos 189 y 190 del Código Civil, en concordancia con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil