"...Seguidamente el Tribunal en cumplimiento de la misión encomendada declara
EMBARGADO EJECUTIVAMENTE, los Cánones de Arrendamiento señalado por la parte actora hasta cubrir la cantidad de Dos Millones Doscientos Setenta Y Ocho Mil Doscientos Cuarenta Y Seis Bolívares Con Setenta Y Cuatro Céntimos (Bs. 2.278.246,74), cantidad liquida y exigible, tal y como lo ordena el presente mandato, colocándolo en posesión de la Depositaria Judicial designada La Consolidada C.A., en la persona de su representante, ciudadano: Carlos Rivas, quien acepto en este acto conforme. Se desposesiona jurídicamente e instruye al notificado a emitir cheque de Gerencia a nombre del Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por la cantidad embargada ejecutivamente, una vez que se hagan exigibles los pagos correspondientes y hacerle entrega de los mismos al Depositario Judicial designado antes identificado, quien lo pondrá a disposición del Juzgado Comiten.....