Se declaró CON LUGAR la presente demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO incoada por el ciudadano GARIS RAMÓN GUTIÉRREZ, contra el ciudadano RENZO INFANTI. En consecuencia, SE DECLARA RESUELTO el contrato de venta con reserva de dominio. Se ordena la entrega del vehículo MARCA: HONDA, MODELO: CIVIC, TIPO: SEDAN, COLOR: BEIGE, AÑO: 1998, CLASE: AUTOMÓVIL, USO: PARTICULAR, PLACAS: GAR-64D, SERIAL DE CARROCERÍA: H6EK14WV20198, SERIAL DE MOTOR: 4WV201986 a la parte actora. Se acuerda que las sumas de dinero entregadas a la parte actora, en ocasión del crédito derivado del Contrato de Venta con Reserva de Dominio, quedaran a favor del demandante como justa indemnización y contraprestación, por el uso dado al vehículo objeto de la venta con reserva de dominio y la depreciación natural que sufren tales bienes, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley sobre Ventas con Reserva de Dominio, en concordancia con la Cláusula Décima del mencionado contr.....