Vistas y oídas las exposiciones anteriores, este Juzgado observa, que lo procedente y ajustado a derecho es abstenerse de la practica de la medida, concediendo 15 días continuos a partir de hoy para que el notificado en representación del Ministerio Popular para la Defensa, pueda realizar todas las diligencias necesarias a fin de reincorporar al ciudadano JESÚS ENRIQUE VARGAS.................