Se declaró El DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN, POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el juicio de DESALOJO (APELACIÓN) que incoara el ciudadano JOSÉ MARIA CRESPO MARTELL, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 8.885, apoderado judicial de la parte actora, en contra del auto dictado por el Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 07 de noviembre del 2002. SE CONFIRMA, en todas y cada una de sus partes, el auto dictado por el Juzgado Décimo Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas que negó la solicitud de prórroga del lapso probatorio a que se contrae el artículo 449 del Código de Procedimiento Civil, e informo a las partes que la causa se encontraba en etapa de sentencia. Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas....