Fue practicada medida de Secuestro sobre el inmueble objeto de la presente medida y se puso en posesión de la parte actora, en la persona de su apoderado judicial, abogado JUAN PABLO HERNANDEZ, quien lo recibió libre de bienes y personas en el acto, comprometiéndose a cumplir con todas las disposiciones legales establecidas en la Ley Sobre Depósitos Judiciales y demás leyes, tal como fuera ordenado por el Tribunal de la causa.