Fue practicada medida de Entrega Material sobre el inmueble objeto de la práctica de la medida y se puso en posesión de la parte actora, en la persona de su apoderada judicial, abogada YOLIMAR QUINTERO, quien lo recibió libre de bienes y personas en el acto. Así mismo, desistió de la medida de Embargo Ejecutivo, decretada por el tribunal de la causa.