Fue practicada medida de Entrega Material sobre el inmueble objeto de la práctica de la medida y se puso en posesión de la parte actora, en la persona de su apoderado judicial, abogado JOSE SANTIAGO DE LOS RÍOS, quien lo recibió libre de bienes y personas en el acto. Así mismo, se reservo el derecho de embargar bienes propiedad de la parte demandada para una nueva oportunidad.