Como consecuencia de lo expuesto, y con fundamento en las razones de hecho y de derecho precedentes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la perención de la instancia planteada por el defensor Ad-Litem de la parte demandada mediante escrito de contestación de fecha 29 de Noviembre de 2007, de conformidad con el ordinal 1º del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil.
SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS, incoada por la sociedad mercantil INVERSIONES JOTHIKA, C. A., contra la sociedad mercantil TEGNOLOGÍA EN ACEROS PARA EL CALZADO, C. A., ambas anteriormente identificadas en autos.
TERCERO: Se establece la condenatoria en costas a la parte actora en virtud de lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimi.....