Fue practicada medida de embargo ejecutivo, sobre la cuenta corriente N° 01080009970100000961, por las siguientes cantidades: 1) Once Mil Veinte Bolívares Fuertes con Ocho Céntimos (Bs. F. 11.020,08), por concepto del saldo adeudado por la intimada; y 2) Un Mil Ciento Dos Bolívares Fuertes con Ocho Céntimos (Bs. F. 1.102,08), correspondiente al diez por ciento (10%) de las costas procesales), pertenecientes a la empresa TELEPLASTIC C.A., del Banco Provincial.