Fue practicada medida de Entrega Material sobre el inmueble objeto de la presente comisión y se puso en posesión de la parte actora, en la persona de su apoderada judicial, abogada ANAHI VILORIA HERRERA, quien lo recibió libre de bienes y personas en el acto. Así mismo, la abogada actora, se reservo el derecho de embargar bienes propiedad de la parte demandada, para una nueva oportunidad, y solicitó la remisión de la presente comisión al Tribunal de la causa. Se acordó en conformidad.