VI. DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 05 de febrero de 2013 por el abogado ALEXIS EDUARDO HERNANDEZ HERNANDEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto dictada en fecha 20 de enero de 2014 (f. 15), por el Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró que los honorarios profesionales cuantificados por los expertos VIRGINIA ANGELICA DIAZ DE LOPEZ, JOSE DANILO MONTES y DAVID ALFREDO VECCHIONE PONCE, deben ser cancelados en partes iguales, tanto por la parte actora ciudadana MIRIAM DEL CARMEN TORRES .....