En consecuencia, cumplido tales extremos, este Juzgado Superior Primero ADMITE el Recurso de Casación anunciado por el abogado CARLOS E. CEDRES IBARRA, Inpreabogado Nº 132.671 contra la decisión de fecha 04.11.2011, dictada por este Juzgado Superior. Haciendo constar que el último de los diez (10) días que se dan para el anuncio lo fue el dos (28) de Noviembre de 2011. Y ASÍ SE DECIDE.-
Se deja expresa constancia: (i) Que los folios 23, 24, 25, 26, 27, 28 y 65, del cuaderno principal y 02, 03, 04, 05, y 06, se encuentran tachados y presentan enmendaduras; (ii) Los demás folios que no han sido testados, son válidos.
Remítase, con oficio, el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio.-
LA JUEZ,
DRA. INDIRA PARÍS BRUNI
LA SECRETARIA
ABG. MARIELA ARZOLA PADILA.
En esta misma fecha se libró oficio Nº /2011, dando cumplimiento a lo ordenado en .....