IV. DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 27.04.2010 (f.253), por el abogado Omar Gavides, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil C.A. EL CAFETAL, contra la decisión de fecha 22.04.2010 (f. 244 al 251), proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró (i) la nulidad de todo lo actuado en el presente proceso desde el auto de admisión de la demanda; (ii) ordenó la reposición de la causa al estado de nueva admisión de la demanda, e (iii) inadmitió la demanda que por reivindicaci.....