IV.- DISPOSITIVA.-
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de regulación de competencia interpuesto por los abogados Dubraska Galárraga Ponce y Alejandro Silva, en sus carácter de apoderados judiciales de la parte actora, sociedad mercantil SANOFI - AVENTIS, contra la decisión interlocutoria dictada en fecha 24.04.2.007 por el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se declaró incompetente para seguir conociendo del juicio que por Acción Merodeclarativa que sigue sociedad Mercantil SANOFIL ¿ AVENTIS contra MEYER PRODUCTOS TERAPÉUTÍCOS.
SEGUNDO: COMPETENTE por la cuantía para conocer del presente juicio que por Acció.....