V. DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en sede CONSTITUCIONAL, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 06.09.2007 (f. 145) por el abogado Javier García Aponte, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte presuntamente agraviada, sociedad mercantil INVERSIONES HEGUS C.A., contra la decisión de fecha 04.09.2007, proferida por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró inadmisible la pretensión de amparo constitucional interpuesta por la sociedad mercantil INVERSIONES HEGUS C.A., contra la JUNTA DE CONDOMINIO DE LA TORRE NORTE DEL CENTRO COMERCIAL EL RECREO.
SEGUNDO: NULA la audiencia con.....