DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 03.08.2010 (f. 532, P.1) por el abogado Publio David Rojas Valderrama, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, sociedad mercantil A.S.P. CONTRATISTAS, S.R.L., contra la sentencia definitiva de fecha 23.04.2010 (f.508 al 506 p.1), proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró (i) Improcedente la solicitud de confesión planteada por la parte demandante; (ii) Sin Lugar la pretensión contenida en la demanda propuesta por la sociedad mercantil A.S.P. CONTRATISTAS, .....