Efectuada una revisión del presente Recurso de Nulidad de Laudo Arbitral, y por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de ley, este Tribunal Superior Primero lo ADMITE en cuanto a derecho se refiere, en consecuencia este Tribunal ordena notificar a la sociedad mercantil CORPO TELETECNICAL C.A., en la persona de cualesquiera de sus apoderados judiciales, abogados: José D´Apollo, Gabriel De Jesús Goncalves, Gabril Falcone Abbondanza y Johanan Ruiz Silva, titulares de la Cédula de Identidad N° 7.308.173, 12.391.772, 11.921.621 y 14.584.400, respectivamente, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Números. 19.692, 71.182, 112.356 y 112.077, respectivamente, mediante boleta dejada en la siguiente dirección: "Avenida Francisco Miranda, cruce con Avenida El Parque, Torre Edicampo, P.H., Urbanización Campo Alegre, Municipio Chacao del Estado Miranda". Anexo al mismo copia certificada del escrito contentiv.....