V. DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 31.03.2009 (f. 177), por el abogado Max Coloma, apoderado judicial de la sociedad mercantil C.N.A. DE SEGUROS LA PREVISORA, parte demandada, contra la sentencia de fecha 29.10.2008 (f. 157 al 170), proferida por el Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró (I) con lugar la demanda; (ii) condenó a la parte demandada: (a) a dar cumplimiento al contrato de seguro suscrito con el demandante, contenido en la póliza signada como BIAC 000501-28, emitida en fecha 07.03.2003; (b) A pagar al demandante el monto correspondiente a la cobertura del.....