IV.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 03.08.2012 (f.26), por el abogado NICOLÁS JIMÉNEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil E.O.S. Digital, C.A., contra la providencia interlocutoria de fecha 02.08.2012 (f. 23 y 24), proferida por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que negó la medida preventiva de embargo solicitada por la parte actora en el juicio que por cobro de bolívares –vía intimatoria- sigue la compañía apelante contra la sociedad mercantil PABLO ELECTRO.....