3.- Dispositiva.
En fuerza de las consideraciones expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, (Sede Constitucional), administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la presente acción de amparo, interpuesta por la ciudadana MARIA MOSSUCA DE NAVAZIO, asistida de abogado, contra la sentencia proferida por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 03.05.2005, en el juicio de Ejecución de Hipoteca seguido por la sociedad mercantil MIRANDA ENTIDAD DE AHORRO Y PRÉSTAMO contra la ciudadana JEANNETTE DURÁN, todo lo cual consta en el expediente N° 22.077 de la nomenclatura de dicho Tribunal, en un todo conforme con lo previsto por el artículo 6.4 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constit.....