V.- DISPOSITIVA.-
En mérito de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida en fecha 22 de junio del 2009 (f.147, 3ª p) ratificada en fecha 23 de noviembre de 2009 (f.160, 3ª p) por el abogado Antonio Gil Altuve y en fecha 21 de enero del 2010 (f.183, de la 3rª pieza) por el abogado Luís Francisco Meléndez U., ambos en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano ADOLFREDO PULIDO MORA y CON LUGAR apelación ejercida en fecha 11 de junio de 2009 (f.137, 3ª p) ratificada en fechas 19 de noviembre de 2009 (f.158, 3ª p) y 30 de noviembre de 2009 (f.168, 3ª p) por el abogado Jesús Escudero Esteves, en su carácter de apoderado judicial de la parte codemandada, sociedad mercantil C.A. .....