V.- DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 11 de julio de 2016 (f. 257) por el abogado PEDRO MARTE NAGEL, en su carácter de Defensor Judicial designado en el presente proceso a la parte demandada, así como la adhesión a dicha apelación realizada por los terceros interesados en fecha 12 de julio de 2016, por intermedio de su apoderado judicial abogado GUSTAVO MANUEL ALVAREZ RAMIREZ, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 07 de julio de 2016 (f. 223-251), proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, que declaró: i) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda MERO.....