IV. DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en sede CONSTITUCIONAL, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción de amparo constitucional interpuesta por solicitud de los ciudadanos VÍCTOR MANUEL DELÓN y DAVID CASTILLEJO MARTÍNEZ, a través de apoderados judiciales, contra las actuaciones del JUZGADO SEXTO DE PRIMERO INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE ESTA MISMA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL.
SEGUNDO: PROCEDENTE el alegato de omisión judicial en que ha incurrido el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial al no proveer sobre la apelación interpuesta por la parte actora contra el auto del 19.05.2003. En consecuencia, (i) se anula el auto del 01.07.2003 en el que se abstuvo de proveer s.....