IV.- DISPOSITIVA.-
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: INADMISIBLE la apelación interpuesta en fecha 06.07.2006 (f. 60), por la abogada Blanca Escalante Orozco, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora-reconvenida, ciudadano FILIPPO OCCHINO RAGUSA, contra el auto proferido por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 03.07.2006 (f. 59), que negó la revocatoria por contrario imperio del auto de fecha 06.04.2006, solicitada por la parte actora, y ratificó el contenido del último de los mencionados autos, en el juicio que sigue contra los ciudadanos MARÍA DEL CARMEN SU.....