CUARTO: En consecuencia, cumplidos tales extremos, este Juzgado Superior Primero, ADMITE el recurso de Casación anunciado por el abogado JOSÉ LUIS PÉREZ GUTIÉRREZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, mediante diligencia de fecha 27.06.2012, haciendo constar que el último de los diez (10) días que se dan para el anuncio lo fue el día 20 de julio de 2012.- Y ASI SE DECIDE.-
Se deja expresa constancia (i) que los folios 51 al 64, 83 al 90, 91 al 93, 96, 97, 134 al 216, 227 al 236, 247, 266 al 269, 271, 273 al 274, 295 al 299, 305 al 471, 474 al 476, de la primera pieza, 65 al 67 de la segunda pieza del expediente, se encuentran tachados y presentan enmendadura, así como el folio 250 de la primera pieza se encuentra deteriorado; (ii) que las foliaturas que no han sido testadas son totalmente válidas.
Remítase, con oficio, el presente expediente a la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio.-
LA JUEZ
DRA. INDIRA PARÍS BRUNI
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