V. DISPOSITIVA.-
En fuerza de las consideraciones precedentes expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR las apelaciones ejercidas en fechas 09.03.2007 (f. 380) y 11.04.2007 (f. 383) por la abogada Eudis Villarroel, parte actora, contra la decisión definitiva dictada el 02.11.2006 (f. 368) por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró sin lugar la demanda de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales incoada por las ciudadanas EUDIS VILLARROEL y ADRIANA VILLARROEL contra la sociedad mercantil MAKRO COMERCIALIZADORA S.A.
SEGUNDO: IMPROCEDENTE el derecho a estimar e intimar Honorarios Profesionales de las ciudadanas EUDIS VILLARROEL y ADRIANA VILLARROEL contra .....