IV. DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta el 23.07.2008 (f. 2) por el abogado José Alirio Mora Vergara, en su carácter de apoderado judicial del tercero interviniente, INSTITUTO EDUCACIONAL SANTA ELENA, ASOCIACIÓN CIVIL SIN FINES DE LUCRO, contra el auto proferido por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 16.07.2008 (f.01), en el cual niega la reposición de la causa al estado de la admisión de la demanda, solicitada por la parte demandada en la causa principal, ciudadanos BITA ERRANTE CUNSOLO, GIOVANNA CUNSOLO viuda de ERRANTE, GASPAR PADRINO CONS.....