Analizado y valorando todo el material probatorio aportado en este caso, en especial, el examen psiquiátrico realizado y dado que este juzgador aprecia la opinión dada por los expertos ut supra mencionados, a la cual tampoco formuló oposición el a quo, acoge el dictamen y da por demostrado en el sub examine que el ciudadano BLADIMIR EMILIO DÍAZ CAMACARO se encuentra incapacitado de valerse por sí mismo, lo que lo hace incapaz de proveer a sus propios derechos e intereses. Adicionalmente, revelan estas actas que ciertamente en el sub examine se practicó la notificación al Ministerio Público.
Congruente con lo expuesto, a criterio de quien aquí decide el ciudadano Bladimir Emilio Díaz Camacaro debe quedar inhabilitado, ya que el mismo no puede proveerse a sus propios y legítimos intereses, motivo por el cual debe declararse su inhabilitación judicial, y en consecuencia debe confirmarse la decisión consultada, y así se dispondrá de manera expresa, positiva y precisa en la sec.....