III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos de hecho y de derecho que han quedado expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte actora, SANRIO COMPANY LIMITED en contra del auto dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, en fecha 31 de marzo de 2006, que declaró insuficiente la subsanación realizada por la parte accionante con relación a la cuestión previa contenida en el ordinal 6° del artículo del 346 del Código de Procedimiento Civil, el cual queda revocado, debiendo proseguirse con el curso de la causa.
SEGUNDO: Por .....