III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 25 de septiembre de 2006, por la abogada LUISA A. NIETO SÁNCHEZ, actuando en su condición de apoderada judicial de la demandante, sociedad de comercio CLOUDS DE VENEZUELA, C. A., contra el auto dictado en fecha 18 de septiembre de 2006, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, que inadmitió la prueba de experticia e inspección judicial promovida por esa representación, por considerar que entre esos medios de prueba y la presente causa no existe relación causal, vinculación necesaria para la admisión de las .....