IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 07 de mayo de 2007, ratificado en fecha 16 del mismo mes y año, por el abogado RAFAEL ALBERTO LATORRE CASERES en su condición de apoderado judicial de la parte demandada, sociedad mercantil REPRESENTACIONES RUBECA, C.A., contra el fallo proferido en fecha 15 de enero de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, el cual queda CONFIRMADO con las motivaciones aquí expuestas.
SEGUNDO: HA LUGAR el derecho que le asiste al abogado MIGUEL ARTURO SUAREZ TORRES a percibir honorarios por las act.....