III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de regulación de la competencia interpuesta en fecha 17 de diciembre de 2007, por el abogado ÁNGEL ÁLVAREZ OLIVEROS actuando en su condición de defensor ad litem de la parte accionada ASOCIACIÓN COOPERATIVA DE TRASNPORTE DE PASAJEROS MAÑONGO, contra la decisión proferida en fecha 07 de diciembre de 2007, por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, se CONFIRMA la competencia del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana .....