PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 21 de mayo de 2012, por los abogados MOISES CABRERA CASTILLO y PEDRO VICTOR REQUIZ CISNEROS en su condición de apoderados judiciales del demandado ciudadano MARCOS ESTEBAN MISTER, contra la decisión proferida en fecha 17 de mayo de 2012, por el Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda confirmada con la motivación aquí expuesta.
SEGUNDO: Por la naturaleza de lo decidido, no se produce condenatoria en costas.