III
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la inhibición planteada en fecha 18 de junio de 2008 por la Dra. RAHYZA PEÑA VILLAFRANCA en su condición de Juez Temporal del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, y en consecuencia, se le aparta del conocimiento del juicio por cobro de bolívares (vía intimación) seguido por la institución financiera BANCO PROVIVIENDA C.A., BANCO UNIVERSAL (BANPRO) contra la sociedad mercantil ONLY FOR MEN, ESTÉTICA MASCULINA, C.A. y las ciudadanas JULIA GONZÁLEZ y NEIRA SANTOS, Expediente Nº 07-4573 (nomenclatura del aludido juzgado).
SEGUNDO: Se ordena remitir el presente expediente, con oficio, al Juz.....