En fuerza de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior del Circuito Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación incoada por la defensora ad litem de la parte demandada, contra la decisión de fecha 1º de marzo de 2021, dictada por el Tribunal Noveno de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas del Circuito Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Así se establece. SEGUNDO: CON LUGAR la demanda de DESALOJO interpuesta por el ciudadano JESUS VICENTE ESTELLER RINCON, mediante apoderado judicial: ALEJANDRO LARES DÍAZ, EDMUNDO MARTINEZ RIVERO y ANIBAL LAIRET, suficientemente identificados en autos, contra la sociedad mercantil TECNO ELECTRIC PIC, debidamente representada por la profesional del derecho EUCARIS Z.....