III
DISPOSITIVO DEL FALLO
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido el 19 de julio de 2004 por la abogada MIREYA SALAZAR INFANTE en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, contra el auto dictado el 25 de mayo de 2004 por el Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que, entre otras cosas, abrió a pruebas el presente procedimiento, y en consecuencia, ordenó proseguirlo por el procedimiento ordinario, con motivo de la solicitud de EJECUCIÓN DE HIPOTECA interpuesta por la sociedad mercantil PROMOCIONES COCUIZAS N° 6, S.A. contra la sociedad mercantil VENCEMOS.....