Bajo estas premisas, sin descontextualizar el libelo de la demanda, se observa que la presente acción interpuesta por la actora que sirve de soporte a la solicitud de la medida de secuestro ex artículo 599.7 ibidem, está constituida por una demanda de desalojo de un bien inmueble objeto de contrato de arrendamiento de local comercial por vencimiento del lapso de la prórroga legal, por lo que notificaron a la arrendataria el deseo de no prórroga del contrato de arrendamiento suscrito el 1º de marzo de 2010, sobre el inmueble con una superficie de treinta metros cuadrados (30,00m2), ubicado en la planta baja del Edificio Rosa, situado en la intersección de las Avenidas Las Palmas y Cumaná, Urbanización Las Palmas, Municipio Libertador del Distrito Capital, lo que a consideración de la actora hace procedente la acción por desalojo y por ende la entrega del mismo, empero, tal supuesto no se subsume en los casos del ordinal 7º del artículo 599 del Código de Procedimiento Civil, el cual proc.....