Congruente con los razonamientos expuestos, se impone para este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, conceder el pase correspondiente otorgándole en este sentido fuerza ejecutoria en la República Bolivariana de Venezuela, a la sentencia de divorcio dictada en fecha 29 de septiembre de 2006, por la Séptima Sala de la Cámara de lo Civil para Asuntos de Familia del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional del Poder Judicial de la República Dominicana, mediante la cual se disolvió el vinculo matrimonial que existía entre el ciudadano BERNARDINO RANGEL QUINTERO y la ciudadana INGRID QUISQUELLA PATIÑO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.497.929 y 4.164.389, respectivamente.
III
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos de hecho y de derecho ya expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripci.....