VI
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en sede constitucional, administrando Justicia y actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación Judicial de la accionada contra la sentencia dictada en fecha 24 de noviembre de 2006, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la representación judicial de la accionante sociedad mercantil IMPORTACION Y EXPORTACION ANCARI, C.A., en lo concerniente a la no condenatoria en costas en el fallo recurrido, las cuales no resultan procedentes al haber quedado revocado el fallo recurrido.
SEGUNDO: INADMISIBLE la pr.....