PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación ejercido en fecha 27 de julio de 2011, por el abogado CARLOS POLEO CABRERA en su carácter de apoderado judicial de la parte intimante institución financiera BANCO PLAZA C.A., contra la decisión dictada en fecha 22 de julio de 2011, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a través de la cual ordenó agregar el escrito de pruebas consignado por la representación judicial de los intimados, dejó constancia que el lapso que prevé el artículo 397 del Código de Procedimiento Civil comenzaría a computarse a partir de esa data exclusive, y se abstuvo de emitir pronunciamiento con relación al escrito de fecha 10 de junio de 2011, dado que la contestación presenta puntos controvertidos que deben ser dilucidados en la sentencia definitiva, la cual se confirma, con la motivación aquí expuesta.
SEGUNDO: De conformidad con lo estableci.....