Congruente con lo expuesto, resulta necesario para este sentenciador declarar sin lugar el recurso de apelación ejercido contra la sentencia dictada en fecha 26 de octubre de 2012 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y en consecuencia confirma el fallo recurrido con la motivación ya expuesta, mediante el cual se declaró con lugar la acción de amparo constitucional impetrada por la ciudadana Manuela Díaz contra la ciudadana Emilia León Linares al constatarse la vulneración de los derechos ya mencionados y denunciados por la quejosa con ocasión de las vías de hecho presuntamente implementadas por la agraviante Emilia León Linares, debiendo hacerse un llamado de atención al juzgador a quo del amparo que nos ocupa, ya que ha debido ordenar la ejecución inmediata del mismo y remitir copias certificadas al Superior, en pro de lograr el restablecimiento de la situación jurídic.....