En vista de las consideraciones anteriormente señaladas, resulta forzoso para quien aquí decide, declarar ha lugar la pretensión que por resolución del contrato de venta con reserva de dominio y reivindicación incoara la parte demandante, entidad bancaria BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., debiendo en consecuencia, declarar sin lugar el recurso de apelación ejercicio por la defensora judicial designada, quedando de esta forma confirmada la decisión recurrida y así se dispondrá en forma expresa, positiva y precisa en la parte in fine de este fallo judicial. ASÍ EXPRESAMENTE SE DECIDE.
IV
DISPOSITIVA
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido en fecha 11 de marzo.....