Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: admisible, el anuncio del Recurso de Casación interpuesto el 23 de octubre de 2017 por la abogada Ninoska Del Valle Silva M., en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra del fallo proferido por este Órgano Jurisdiccional en fecha 11 de octubre de 2017, en el juicio de Desalojo incoado por los ciudadanos ANA MIREYA CONTRERAS PERDOMO y FRANCISCO MANUEL PEREIRA en contra del ciudadano LUIS ENRIQUE PÁEZ MÁRQUEZ, ambas partes identificadas ab initio;
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión no se produce especial pronunciamiento sobre costas procesales.