Por las motivaciones precedentes, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley dicta lo siguiente:
PRIMERO: Se declara inadmisible, de conformidad con el artículo 6.1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, la acción de amparo constitucional propuesta por el ciudadano Mauro Rosato Comino, debidamente asistido por los abogados César Augusto Abello Romero y José Gregorio Hernández Casares, en contra del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que guarda relación con el juicio que por desalojo incoara la empresa Corporación Pefki C.A. en contra del aquí accionante;
SEGUNDO: No se produce condenatoria en costas dada la esp.....