Por las motivaciones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se CONFIRMA, con una motivación distinta, la decisión dictada en fecha 05 de diciembre de 2012 por el Juzgado Duódecimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual negó la medida preventiva de embargo sobre los bienes propiedad de la sociedad mercantil DESARROLLOS LLANO MALL CENTER C.A. (parte demandada), solicitada por la representación judicial de la parte actora, en el proceso de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoado por CONSULTING GROUP EDTC S.C. contra DESARROLLOS LLANO MALL CENTER C.A., identificados ab-initio;
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la apelación interp.....