Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Inadmisible, por no cumplir con el requisito de la cuantía, el anuncio del Recurso de Casación interpuesto el 10 de octubre de 2017 por el abogado Leonardo J. Viloria G., en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra del fallo proferido por este Órgano Jurisdiccional en fecha 30-06-2017 y su aclaratoria del 28-09-2017, pudiendo la accionada proponer, si así lo considere, el respectivo recurso de hecho, en el juicio de Desalojo, local comercial, incoado por la sociedad mercantil CORPORACIÓN 34-D C.A. en contra de la empresa PORTAFOLIO DE LA SIERRA C.A., ambas partes identificadas ab initio;
SEGUNDO: Dada la naturaleza de la decisión no se produce especial pronu.....