PRIMERO: Se ordena la corrección de la solicitud de pretensión de tutela constitucional en la forma establecida en la motiva del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucional, la cual fue interpuesta por el abogado Ibrahín Rodríguez Pulido, en su condición de apoderado judicial de los ciudadanos ERIKA FERNANDEZ GARCIA, DORA GARCIA PADRÓN, DUNACHKA FERNANDEZ GARCÍA y JORGE CANELAS ORELLANA en contra del Juzgado Sexto(?) de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, lo cual guarda relación con el juicio de resolución de contrato de arrendamiento incoado por INVERSIONES KARMAR C.A. en contra de los aquí accionantes;
SEGUNDO: Se le otorga a la parte quejosa un lapso de cuarenta y ocho horas (48) siguientes a su notificación, a los fines de la corrección respectiva, ya que de lo contrario la referida solicitud será d.....